LNEP

Artículo 64. Revision a centros penitenciarios

Las revisiones en los centros penitenciarios buscan verificar la existencia de objetos prohibidos y garantizar la seguridad del lugar. Estas acciones son fundamentales para mantener el orden y la gobernabilidad.

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Texto Legal

Revisión a Centros Son actos de revisión a lugares en los Centros Penitenciarios los que se realicen en su interior para verificar la existencia de objetos o sustancias cuya posesión esté prohibida; constatar la integridad de las instalaciones, con la finalidad de evitar que se ponga en riesgo a la población y personal del Centro Penitenciario, a sus pertenencias, a la seguridad y a la gobernabilidad de los Centros.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es recomendable que los abogados conozcan los protocolos de revisión para asesorar adecuadamente a sus clientes sobre sus derechos y las condiciones de seguridad en los centros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 64 del LNEP?

Las revisiones en los centros penitenciarios buscan verificar la existencia de objetos prohibidos y garantizar la seguridad del lugar. Estas acciones son fundamentales para mantener el orden y la gobernabilidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 64 de la LEY Nacional de Ejecución Penal?

[IA] Es recomendable que los abogados conozcan los protocolos de revisión para asesorar adecuadamente a sus clientes sobre sus derechos y las condiciones de seguridad en los centros.

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