El trabajo en favor de la comunidad consiste en servicios no remunerados en instituciones publicas o privadas, y no debe ser degradante. Es una alternativa a las sanciones privativas de libertad.
Trabajo en favor de la comunidad El trabajo a favor de la comunidad consiste en la prestación de servicios personales no remunerados, en instituciones públicas en general, así como de carácter educativo o de asistencia social públicas o privadas.
La intervención de las instituciones privadas se hará sobre la base de los convenios que celebre la Autoridad Penitenciaria con aquellas.
Por ningún concepto se desarrollará este trabajo en forma que resulte degradante o humillante para el beneficiado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Esta alternativa puede ser beneficiosa para los sentenciados, por lo que los abogados deben explorar esta opcion al negociar sanciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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