Este articulo indica que, en lo no dispuesto por la legislacion penal sustantiva, se aplicara lo establecido en esta Ley para las sanciones y medidas no privativas de libertad. Es fundamental para la correcta aplicacion de la ley.
Disposición general En lo no dispuesto por la legislación penal sustantiva respecto de las sanciones y medidas penales no privativas de la libertad se estará a lo dispuesto por esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este articulo sirve como base para la aplicacion de otras disposiciones, por lo que es importante tenerlo en cuenta al evaluar casos de medidas no privativas.
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