Detalla el procedimiento de certificacion de facilitadores, los requisitos de renovacion trianual y las consecuencias de la falta de renovacion oportuna.
La certificacion es el acto mediante el cual la autoridad competente acredita que una persona cumple con los requisitos de formacion y competencia para ejercer como facilitador de mecanismos alternativos.
I. La certificacion sera expedida por los organos del poder judicial de la Federacion y de las entidades federativas, o por instituciones certificadoras autorizadas.
II. Para obtener la certificacion, el aspirante debera:
a) Acreditar el cumplimiento de los requisitos generales del articulo 31;
b) Presentar constancia de capacitacion emitida por una institucion autorizada;
c) Aprobar la evaluacion de competencias;
d) Presentar carta de no antecedentes penales;
e) Cubrir los derechos correspondientes, en su caso.
III. La certificacion se expedira en un plazo no mayor a treinta dias habiles contados a partir de la presentacion de la solicitud completa.
I. La certificacion tendra una vigencia de tres annos y debera renovarse antes de su vencimiento.
II. Para la renovacion, el facilitador debera acreditar al menos sesenta horas de capacitacion continua durante el trienio y la participacion en un numero minimo de procedimientos que determine el reglamento.
III. La falta de renovacion oportuna implica la suspension automatica de la facultad para ejercer como facilitador hasta en tanto se obtenga la nueva certificacion.
I. Ademas de la certificacion general, los facilitadores podran obtener certificaciones especializadas en materias como familiar, penal, mercantil, laboral y comunitaria.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La certificacion y renovacion trianual de facilitadores es un requisito de validez del procedimiento. En SDV Asesores de Negocio verificamos siempre la vigencia de la certificacion del facilitador antes de recomendar su participacion, pues un procedimiento conducido por un facilitador sin certificacion vigente puede ser impugnado.
Art. 31. Requisitos para ser facilitador
Establece los requisitos para ser facilitador de MASC: formacion profesional, capacitacion especializada, certificacion, registro oficial y actualizacion continua.
Art. 32. Capacitacion y formacion de facilitadores
Regula los programas de capacitacion para facilitadores de MASC, incluyendo contenidos minimos, instituciones autorizadas, duracion y evaluacion de competencias.
Art. 73. Registro Nacional de Facilitadores
Crea el Registro Nacional de Facilitadores de MASC como instrumento publico de consulta que concentra informacion sobre facilitadores certificados en todo el pais.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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