Establece las reglas especiales para los ingresos de los organismos descentralizados y empresas productivas del Estado durante 2026, incluyendo PEMEX, CFE, IMSS e ISSSTE, asi como sus obligaciones de informacion y transferencia de recursos.
Para el ejercicio fiscal 2026, las empresas productivas del Estado se sujetaran a las siguientes disposiciones:
Petroleos Mexicanos y sus empresas productivas subsidiarias:
- Enteraran al Gobierno Federal los derechos, impuestos y dividendos conforme a su regimen fiscal especial
- Mantendran la informacion sobre produccion, precios y ventas actualizada conforme al articulo 4
- Podran contratar endeudamiento hasta por el monto autorizado en el articulo 2
- Presentaran estados financieros trimestrales auditados
La Comision Federal de Electricidad:
- Continuara operando bajo su regimen de empresa productiva del Estado
- Enterara al Gobierno Federal el dividendo estatal correspondiente
- Los ingresos por venta de energia electrica se registraran conforme a las reglas de la CRE
- Los subsidios a las tarifas electricas se registraran como gasto del Gobierno Federal
El Instituto Mexicano del Seguro Social:
- Los ingresos por cuotas obrero-patronales se registraran como contribuciones de seguridad social
- El Gobierno Federal aportara la cuota social correspondiente
- Los excedentes financieros se destinaran a fortalecer las reservas del Instituto
El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado:
- Las aportaciones de los trabajadores y del Gobierno Federal se registraran conforme a la Ley del ISSSTE
- Los recursos del FOVISSSTE se manejan de forma independiente
Los demas organismos descentralizados y entidades paraestatales deberan:
1. Registrar sus ingresos propios conforme a la Ley General de Contabilidad Gubernamental
2. Enterar al Gobierno Federal los excedentes que determinen sus organos de gobierno
3. Presentar informes trimestrales a la SHCP sobre su situacion financiera
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los organismos descentralizados y empresas productivas representan una porcion significativa de los ingresos totales de la LIF. Las cuotas del IMSS, los derechos de PEMEX y las tarifas de CFE impactan directamente a contribuyentes y empresas. Para 2026, es relevante monitorear la situacion financiera de PEMEX (por su impacto en las finanzas publicas) y del IMSS (por el aumento continuo en el costo de las prestaciones de seguridad social). Los patrones deben presupuestar adecuadamente las cuotas obrero-patronales como parte de su planeacion fiscal.
Art. 1. Ingresos totales de la Federacion para 2026
Establece el monto total de ingresos que se autoriza recaudar a la Federacion durante el ejercicio fiscal 2026, desglosado por rubros: impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, y transferencias. Incluye la tabla completa de conceptos estimados de recaudacion.
Art. 4. Informacion sobre ingresos de PEMEX
Establece las obligaciones de informacion y transparencia respecto a los ingresos de Petroleos Mexicanos (PEMEX), incluyendo el desglose de la produccion, precios de referencia, derechos pagados y transferencias al Gobierno Federal.
Art. 7. Concentracion de ingresos en la Tesoreria de la Federacion
Establece la obligacion de que todos los ingresos federales se concentren en la Tesoreria de la Federacion (TESOFE), salvo las excepciones expresamente autorizadas. Regula el manejo de los recursos del erario federal y la prohibicion de fondos o fideicomisos no autorizados.
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