LIF 2026

Artículo Transitorio-1. Entrada en vigor de la LIF 2026

Establece que la Ley de Ingresos de la Federacion para el Ejercicio Fiscal de 2026 entrara en vigor el 1 de enero de 2026 y tendra vigencia exclusivamente durante dicho ejercicio fiscal, conforme al principio de anualidad presupuestal.

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Texto Legal

Transitorio Primero - Entrada en vigor

Vigencia

La presente Ley entrara en vigor el 1 de enero de 2026 y estara vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.

Principio de anualidad

Conforme al principio constitucional de anualidad presupuestal establecido en los articulos 73, fraccion VII, y 74, fraccion IV, de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Ingresos tiene una vigencia estrictamente anual.

Implicaciones practicas

- Las disposiciones de la LIF 2026 sustituyen a las de la LIF 2025 a partir del 1 de enero de 2026
- Los estimulos fiscales del articulo 8 solo aplican durante el ejercicio 2026
- Las tasas de recargos del articulo 5 rigen exclusivamente durante 2026
- La tasa de retencion de ISR sobre intereses aplica para el ano calendario 2026
- Los montos de endeudamiento autorizados en el articulo 2 son para el ejercicio 2026

Continuidad normativa

Las leyes fiscales permanentes (ISR, IVA, IEPS, CFF) mantienen su vigencia independientemente de la LIF. La Ley de Ingresos complementa y, en algunos casos, modifica temporalmente las disposiciones de esas leyes por el periodo de un ano.

Publicacion en el DOF

La LIF 2026 debio ser publicada en el Diario Oficial de la Federacion a mas tardar el 31 de diciembre de 2025 para garantizar su entrada en vigor oportuna.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La anualidad de la LIF es un concepto clave. A diferencia de la Ley del ISR o la Ley del IVA, que son permanentes, la LIF 'nace y muere' cada ano. Esto significa que los beneficios que otorga (estimulos, facilidades, tasas de recargos) deben aprovecharse dentro del ejercicio. Los contribuyentes no pueden invocar disposiciones de la LIF de un ano anterior. Es fundamental que los asesores fiscales actualicen sus calculos y estrategias cada enero con las nuevas disposiciones de la LIF vigente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo Transitorio-1 del LIF 2026?

Establece que la Ley de Ingresos de la Federacion para el Ejercicio Fiscal de 2026 entrara en vigor el 1 de enero de 2026 y tendra vigencia exclusivamente durante dicho ejercicio fiscal, conforme al principio de anualidad presupuestal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo Transitorio-1 de la Ley de Ingresos 2026?

La anualidad de la LIF es un concepto clave. A diferencia de la Ley del ISR o la Ley del IVA, que son permanentes, la LIF 'nace y muere' cada ano. Esto significa que los beneficios que otorga (estimulos, facilidades, tasas de recargos) deben aprovecharse dentro del ejercicio. Los contribuyentes no pueden invocar disposiciones de la LIF de un ano anterior. Es fundamental que los asesores fiscales actualicen sus calculos y estrategias cada enero con las nuevas disposiciones de la LIF vigente.

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