LIF 2026

Artículo 5. Tasa de recargos por prorroga para el pago de creditos fiscales

Fija las tasas de recargos aplicables durante 2026 por prorroga en el pago de creditos fiscales. Establece la tasa mensual de recargos por mora y las tasas reducidas para pagos a plazos autorizados conforme al Codigo Fiscal de la Federacion.

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Texto Legal

Articulo 5 - Tasas de recargos por prorroga

Tasa de recargos por mora

En los casos de prorroga para el pago de creditos fiscales se causaran recargos:

- Al 0.98% mensual sobre los saldos insolutos (tasa vigente para 2026)

Esta tasa aplica a todos los creditos fiscales federales que no sean pagados dentro de los plazos legales, incluyendo impuestos omitidos, multas, y cualquier otro adeudo fiscal.

Tasas de recargos por pago a plazos (Art. 66 CFF)

Cuando el contribuyente obtenga autorizacion para pagar a plazos conforme al articulo 66 del Codigo Fiscal de la Federacion, las tasas de recargos seran:

PlazoTasa mensual
Pagos a plazos en parcialidades hasta 12 meses1.26% mensual
Pagos a plazos en parcialidades de 13 a 24 meses1.53% mensual
Pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses y pago diferido1.82% mensual

Calculo de recargos

Los recargos se calcularan sobre el monto total del credito fiscal actualizado, aplicando la tasa mensual correspondiente por cada mes o fraccion que transcurra sin que se efectue el pago.

Actualizacion previa

Antes de aplicar los recargos, el credito fiscal debera actualizarse conforme al articulo 17-A del Codigo Fiscal de la Federacion, utilizando el Indice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).

Reduccion de recargos por pago espontaneo

Cuando el contribuyente corrija su situacion fiscal de manera espontanea (antes de que la autoridad inicie facultades de comprobacion), los recargos se causaran unicamente a la tasa de recargos por mora (0.98% mensual), sin que apliquen las tasas incrementadas.

Recargos y pagos a plazos

Es importante distinguir:

- Recargos por mora: Se causan automaticamente cuando el contribuyente no paga en tiempo. No requieren autorizacion.
- Recargos por pago a plazos: Aplican cuando el contribuyente solicita y obtiene autorizacion para pagar en parcialidades o de forma diferida. Las tasas son mayores como compensacion por el diferimiento.

Comparativo con ejercicios anteriores

La tasa de recargos por mora se ha mantenido relativamente estable en los ultimos ejercicios, oscilando entre 0.98% y 1.47% mensual, lo que equivale a una tasa anualizada de entre 11.76% y 17.64%.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las tasas de recargos son fundamentales para calcular el costo real de un adeudo fiscal. Un contribuyente que omite un pago de ISR, por ejemplo, debera pagar el impuesto actualizado MAS los recargos al 0.98% mensual. En terminos anualizados, esto representa aproximadamente 11.76%, lo cual es significativo. Para quienes tienen adeudos fiscales, conviene evaluar si un credito bancario resulta mas barato que los recargos fiscales. Las tasas de pago a plazos son aun mas altas, por lo que la estrategia optima siempre sera el pago oportuno.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5 del LIF 2026?

Fija las tasas de recargos aplicables durante 2026 por prorroga en el pago de creditos fiscales. Establece la tasa mensual de recargos por mora y las tasas reducidas para pagos a plazos autorizados conforme al Codigo Fiscal de la Federacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5 de la Ley de Ingresos 2026?

Las tasas de recargos son fundamentales para calcular el costo real de un adeudo fiscal. Un contribuyente que omite un pago de ISR, por ejemplo, debera pagar el impuesto actualizado MAS los recargos al 0.98% mensual. En terminos anualizados, esto representa aproximadamente 11.76%, lo cual es significativo. Para quienes tienen adeudos fiscales, conviene evaluar si un credito bancario resulta mas barato que los recargos fiscales. Las tasas de pago a plazos son aun mas altas, por lo que la estrategia optima siempre sera el pago oportuno.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 5 LIF 2026?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 5 del LIF 2026, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de recargos, Calculadora de actualizacion. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

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