Establece sanciones para agentes de retencion que no cumplan con sus obligaciones. Es fundamental para mantener la disciplina fiscal entre los contribuyentes.
Cuando los agentes de retención no hubiesen cumplido con la obligación de retener el impuesto serán sancionados de acuerdo con el Código Tributario. En tal caso, los contribuyentes deberán informar a la SUNAT, dentro de los primeros doce (12) días del mes siguiente al de percepción de la renta, el nombre y domicilio de la persona o entidad que les efectuó el pago, haciéndose acreedores a las sanciones previstas en el citado Código en caso de incumplimiento. Cuando las rentas se paguen en especie y resulte imposible practicar la retención, la persona o entidad que efectúe el pago deberá informar a la SUNAT, dentro de los doce (12) días de producido el mismo, el nombre y domicilio del beneficiario, el importe abonado y el concepto por el cual se efectuó el pago. LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA Capítulo X Los contribuyentes que perciban exclusivamente rentas de quinta categoría efectuarán el pago del impuesto no retenido en la forma que establezca la SUNAT.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No cumplir con las obligaciones de retencion puede acarrear multas y complicaciones en la relacion con la SUNAT, afectando la operacion diaria.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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