Se establecen requisitos ante notario para la elevación de Escritura Pública relacionada con retenciones. Estos requisitos son clave para la deducción de capital invertido.
e esta Ley. Asimismo, se deberán cumplir los siguientes requisitos ante el notario público, como condiciones previas a la elevación de la Escritura Pública de la minuta respectiva: a) El adquirente deberá presentar la constancia de pago que acredite el abono de la retención con carácter definitivo a que se refiere el presente artículo. b) El enajenante deberá: (i) Presentar la certificación emitida por la SUNAT para efectos de la recuperación del capital invertido o, en su defecto; (ii) Acreditar que han transcurrido más de treinta (30) días hábiles de presentada la solicitud, sin que la SUNAT haya cumplido con emitir la certificación antes señalada. De no cumplir lo señalado, no procederá la deducción del capital invertido conforme al inciso g) del
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No cumplir con estos requisitos puede impedir la deducción del capital invertido, afectando la carga fiscal de la empresa.
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