Los sujetos del Régimen Especial deben presentar anualmente una declaración jurada que refleje su situación fiscal al final del ejercicio anterior.
Declaración Jurada Anual Los sujetos del presente Régimen anualmente presentarán una declaración jurada la misma que se presentará en la forma, plazos y condiciones que señale la SUNAT. Dicha declaración corresponderá al inventario realizado el último día del ejerció anterior al de la presentación. Artículo incorporado por el
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cumplir con la presentación de la declaración jurada es fundamental para evitar sanciones. La falta de presentación puede resultar en multas y complicaciones con la SUNAT.
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