LGS

Artículo 86. Obligaciones adicionales al pago

Se pueden establecer obligaciones adicionales para los suscriptores de acciones, lo que puede aumentar las responsabilidades de los accionistas.

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Texto Legal

Obligaciones adicionales al pago de la acción En el pacto social o en el acuerdo de aumento de capital puede establecerse que los suscriptores de una parte o de todas las acciones asuman determinadas obligaciones a favor de otros accionistas, de la sociedad o de terceros, adicionales a la de pagar su valor, sea nominal o de colocación. Estas obligaciones adicionales podrán ser dinerarias o no y deberán recaer sobre todas las acciones de la sociedad o sobre todas las acciones de una determinada clase. Las obligaciones adicionales deben constar en los certificados, anotaciones en cuenta o cualquier otra forma de representación de tales acciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los accionistas deben estar atentos a estas obligaciones, ya que pueden afectar su liquidez y compromiso con la sociedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 86 del LGS?

Se pueden establecer obligaciones adicionales para los suscriptores de acciones, lo que puede aumentar las responsabilidades de los accionistas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 86 de la LGS?

Los accionistas deben estar atentos a estas obligaciones, ya que pueden afectar su liquidez y compromiso con la sociedad.

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