Los accionistas deben cubrir la parte no pagada de sus acciones según lo estipulado en el pacto social, incurriendo en mora si no lo hacen.
Pago de los dividendos pasivos El accionista debe cubrir la parte no pagada de sus acciones en la forma y plazo previstos por el pacto social o en su defecto por el acuerdo de la junta general. Si no lo hiciere, incurre en mora sin necesidad de intimación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La mora limita los derechos de voto y puede afectar la capacidad de los accionistas para participar en decisiones clave de la sociedad.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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