LGS

Artículo 360. Sancion por oposicion de mala fe

Se establecen sanciones para quienes promuevan oposiciones sin fundamento. Esto busca evitar abusos en el proceso de fusión.

sancionmala feoposicion

Texto Legal

Sanción para la oposición de mala fe o sin fundamento Cuando la oposición se hubiese promovido con mala fe o con notoria falta de fundamento, el juez impondrá al demandante y en beneficio de la sociedad afectada por la oposición una penalidad de acuerdo con la gravedad del asunto, así como la indemnización por daños y perjuicios que corresponda.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las sanciones pueden ser un disuasivo, pero también pueden generar conflictos adicionales si se perciben como injustas por parte de los opositores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 360 del LGS?

Se establecen sanciones para quienes promuevan oposiciones sin fundamento. Esto busca evitar abusos en el proceso de fusión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 360 de la LGS?

Las sanciones pueden ser un disuasivo, pero también pueden generar conflictos adicionales si se perciben como injustas por parte de los opositores.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 360 del LGS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 360 LGS desde tu celular