Este articulo establece que un nuevo socio responde por las obligaciones previas de la sociedad. Ningún acuerdo en contrario afecta a terceros.
Responsabilidad del nuevo socio Quien adquiere una acción o participación en una sociedad existente responde, de acuerdo a la forma societaria respectiva, por todas las obligaciones sociales contraídas por la sociedad con anterioridad. Ningún pacto en contrario tiene efectos frente a terceros.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los nuevos socios deben ser conscientes de las deudas existentes al unirse a una sociedad. Esto puede influir en su decisión de inversión y en la evaluación del riesgo financiero.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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