El capital de la sociedad civil debe estar completamente pagado al momento de celebrar el pacto social. Esto garantiza la solvencia inicial de la sociedad.
Capital social El capital de la sociedad civil debe estar íntegramente pagado al tiempo de la celebración del pacto social.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Asegurarse de que el capital social esté completamente aportado es fundamental para la operación de la sociedad. La falta de capital puede llevar a problemas de solvencia y confianza ante terceros.
Anterior
Art. 296. Razón social de sociedades civiles
Siguiente
Art. 298. Participaciones y su transferencia
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo