La sociedad colectiva tiene un plazo fijo de duración que puede ser prorrogado con el consentimiento unánime de los socios. Esto requiere una gestión adecuada del tiempo.
Duración La sociedad colectiva tiene plazo fijo de duración. La prórroga requiere consentimiento unánime de los socios y se realiza luego de haberse cumplido con lo establecido en el artículo 275.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La falta de consenso para la prórroga puede llevar a la disolución de la sociedad, afectando la continuidad del negocio.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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