LGS

Artículo 19. Duración de la sociedad

La duración de la sociedad puede ser por plazo determinado o indeterminado, y su disolución ocurre automáticamente al vencimiento del plazo si no se prorroga.

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Texto Legal

Duración de la sociedad La duración de la sociedad puede ser por plazo determinado o indeterminado. Salvo que sea prorrogado con anterioridad, vencido el plazo determinado la sociedad se disuelve de pleno derecho.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental definir claramente la duración en el pacto social para evitar disoluciones inesperadas que afecten la continuidad del negocio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 19 del LGS?

La duración de la sociedad puede ser por plazo determinado o indeterminado, y su disolución ocurre automáticamente al vencimiento del plazo si no se prorroga.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 19 de la LGS?

Es fundamental definir claramente la duración en el pacto social para evitar disoluciones inesperadas que afecten la continuidad del negocio.

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