LGS

Artículo 157. Causas de vacancia de directores

El cargo de director puede vacar por diversas razones, incluyendo fallecimiento o renuncia. Esto establece un marco claro para la sucesion en la administracion.

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Texto Legal

Vacancia El cargo de director vaca por fallecimiento, renuncia, remoción o por incurrir el director en alguna de las causales de impedimento señaladas por la ley o el estatuto. Si no hubiera directores suplentes y se produjese la vacancia de uno o más directores, el mismo directorio podrá elegir a los reemplazantes para completar su número por el período que aún resta al directorio, salvo disposición diversa del estatuto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las causas de vacancia permite a los accionistas planificar la sucesion y evitar vacios de poder que puedan afectar la operacion de la sociedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 157 del LGS?

El cargo de director puede vacar por diversas razones, incluyendo fallecimiento o renuncia. Esto establece un marco claro para la sucesion en la administracion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 157 de la LGS?

Conocer las causas de vacancia permite a los accionistas planificar la sucesion y evitar vacios de poder que puedan afectar la operacion de la sociedad.

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