Los actos realizados por quienes no están autorizados no obligan a la sociedad. Este artículo establece la responsabilidad exclusiva de los autores de dichos actos.
Actos que no obligan a la sociedad Quienes no están autorizados para ejercer la representación de la sociedad no la obligan con sus actos, aunque los celebren en nombre de ella. La responsabilidad civil o penal por tales actos recae exclusivamente sobre sus autores.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante asegurarse de que solo personas autorizadas actúen en nombre de la sociedad para evitar problemas legales y financieros.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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