LGPSEDMTP

Artículo 36. Divulgación de información confidencial

Se establece una pena de 3 a 6 años de prisión para quienes divulguen información reservada relacionada con delitos de trata. La norma protege la confidencialidad de las víctimas y el proceso judicial.

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Texto Legal

Además de lo que al respecto disponga el Código Penal Federal, se aplicará pena de 3 a 6 años de prisión y de un mil a 10 mil días multa, al que divulgue, sin motivo fundado, información reservada o confidencial relacionada con los delitos, procesos y personas objeto de esta Ley o relacionada con el Programa de Protección de Víctimas, Ofendidos y Testigos.

Si el sujeto es o hubiese sido integrante de una institución de seguridad pública, de procuración de justicia, de los centros de reclusión preventiva o penitenciaria, o del poder judicial la pena será de seis a doce años de prisión y de 2 mil a 15 mil días multa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La divulgación no autorizada de información puede tener graves consecuencias legales. Los profesionales involucrados en casos de trata deben manejar la información con la máxima discreción.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del LGPSEDMTP?

Se establece una pena de 3 a 6 años de prisión para quienes divulguen información reservada relacionada con delitos de trata. La norma protege la confidencialidad de las víctimas y el proceso judicial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 36 de la LEY para Prevenir, Sancionar y Erradicar los De...?

[IA] La divulgación no autorizada de información puede tener graves consecuencias legales. Los profesionales involucrados en casos de trata deben manejar la información con la máxima discreción.

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