Se imponen penas de 5 a 15 años de prisión y multas de 1 mil a 20 mil días a quienes almacenen material relacionado con la explotación sexual de menores. Este artículo busca desincentivar la posesión de dicho material.
Se impondrá pena de 5 a 15 años de prisión y de un mil a 20 mil días multa al que almacene, adquiera o arriende para sí o para un tercero, el material a que se refiere el artículo anterior, sin fines de comercialización o distribución.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los contadores deben tener cuidado al asesorar sobre la gestión de materiales que puedan estar relacionados con delitos de explotación, ya que las sanciones son severas y pueden tener implicaciones financieras.
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