LGPIST

Artículo 39. Condiciones para dictamen medico-psicologico

El articulo establece condiciones para la realizacion de dictamenes medico-psicologicos, asegurando la privacidad y el respeto a las victimas. Es clave para evitar la revictimizacion.

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Texto Legal

La práctica del dictamen médico-psicológico, como mínimo, se llevará a cabo:

I. Respetando el derecho de toda persona a no ser revictimizada;

II. De manera colegiada y/o individual y privada, salvo por el caso previsto en el artículo 275 del Código Nacional de Procedimientos Penales;

III. Cuando la Víctima sea una niña, niño o adolescente en todo caso será acompañado de sus padres o quien ejerza la patria potestad, tutela, guarda o custodia, o esté a cargo de la representación en suplencia, salvo disposición judicial en contrario, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables; y siempre respetando el derecho a la intimidad y el interés superior de la niñez; LEY GENERAL PARA PREVENIR, INVESTIGAR Y SANCIONAR LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 28-04-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

IV. Sobre los hechos específicos relacionados con los actos de tortura, evitando interrogatorios innecesarios sobre la personalidad de la probable Víctima o cualquier otro que afecte la intimidad, la condición de salud física y mental, o estigmatice, discrimine o propicien la revictimización;

V. En lugares seguros, salubres, que garanticen la privacidad de la Víctima evitando replicar el sitio donde los actos de tortura fueron cometidos. En el caso de que se realice en algún lugar de privación de libertad, se garantizará su aplicación en las instalaciones del centro médico del mismo; y

VI. Con la presencia del perito correspondiente y del cuerpo médico o de enfermería que deba asistirlo en el examen. Cuando a juicio de aquél exista un grave riesgo de seguridad, podrá autorizar el ingreso de otros miembros de las Instituciones de Seguridad Pública o Instituciones Policiales, distintos de los peritos, a la diligencia, en cuyo caso los servidores públicos que participen serán de una institución distinta a las de los servidores públicos presuntamente involucrados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La proteccion de la privacidad de las victimas es fundamental. Los abogados deben estar atentos a estas condiciones para garantizar que se respeten durante el proceso de evaluacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 39 del LGPIST?

El articulo establece condiciones para la realizacion de dictamenes medico-psicologicos, asegurando la privacidad y el respeto a las victimas. Es clave para evitar la revictimizacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 39 de la LEY para Prevenir, Investigar y Sancionar la To...?

[IA] La proteccion de la privacidad de las victimas es fundamental. Los abogados deben estar atentos a estas condiciones para garantizar que se respeten durante el proceso de evaluacion.

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