LGPGIR

Artículo 98. Manejo de neumáticos usados

Las entidades federativas establecerán obligaciones para el manejo integral de neumáticos usados, diferenciando entre grandes y pequeños generadores. Esto busca una gestión adecuada de este tipo de residuos.

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Texto Legal

Para la prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de los residuos de manejo especial, en particular de los neumáticos usados, las entidades federativas establecerán las obligaciones de los generadores, distinguiendo grandes y pequeños, y las de los prestadores de servicios de residuos de manejo especial, y formularán los criterios y lineamientos para su manejo integral. Artículo reformado DOF 04-06-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las empresas generadoras de neumáticos deben estar informadas sobre sus obligaciones y los lineamientos establecidos. Implementar un plan de manejo puede facilitar el cumplimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 98 del LGPGIR?

Las entidades federativas establecerán obligaciones para el manejo integral de neumáticos usados, diferenciando entre grandes y pequeños generadores. Esto busca una gestión adecuada de este tipo de residuos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 98 de la LEY para la Prevención y Gestión Integral de lo...?

[IA] Las empresas generadoras de neumáticos deben estar informadas sobre sus obligaciones y los lineamientos establecidos. Implementar un plan de manejo puede facilitar el cumplimiento.

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