LGPGIR

Artículo 66. Manejo de residuos peligrosos

Los generadores de residuos peligrosos deben seguir las disposiciones de la ley y las normas para el manejo adecuado de estos materiales. Esto incluye especificaciones sobre diseño y operación de celdas de confinamiento.

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Texto Legal

Quienes generen y manejen residuos peligrosos y requieran de un confinamiento dentro de sus instalaciones, deberán apegarse a las disposiciones de esta Ley, las que establezca el Reglamento y a las especificaciones respecto de la ubicación, diseño, construcción y operación de las celdas de confinamiento, así como de almacenamiento y tratamiento previo al confinamiento de los residuos, contenidas en las normas oficiales mexicanas correspondientes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las empresas deben estar al tanto de las especificaciones normativas para evitar sanciones. La falta de cumplimiento puede resultar en costos adicionales y daños a la reputación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 66 del LGPGIR?

Los generadores de residuos peligrosos deben seguir las disposiciones de la ley y las normas para el manejo adecuado de estos materiales. Esto incluye especificaciones sobre diseño y operación de celdas de confinamiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 66 de la LEY para la Prevención y Gestión Integral de lo...?

[IA] Las empresas deben estar al tanto de las especificaciones normativas para evitar sanciones. La falta de cumplimiento puede resultar en costos adicionales y daños a la reputación.

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