LGPGIR

Artículo 13. Acuerdos de Coordinación

Los convenios entre la Federación y las entidades federativas deben ajustarse a la legislación aplicable, garantizando que las acciones de gestión de residuos sean coherentes y efectivas.

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Texto Legal

Los convenios o acuerdos que suscriba la Federación con las entidades federativas, con la participación, en su caso, de sus municipios, para el cumplimiento de los fines a que se refiere el artículo anterior, deberán ajustarse a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley General del Equilibro Ecológico y la Protección al Ambiente.

Los instrumentos a que se refiere este artículo deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de publicación oficial de la entidad federativa que corresponda, para que surtan sus efectos jurídicos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La coordinación entre diferentes niveles de gobierno es esencial para la efectividad de la gestión de residuos. Los profesionales deben estar atentos a cómo se implementan estos acuerdos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 13 del LGPGIR?

Los convenios entre la Federación y las entidades federativas deben ajustarse a la legislación aplicable, garantizando que las acciones de gestión de residuos sean coherentes y efectivas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 13 de la LEY para la Prevención y Gestión Integral de lo...?

[IA] La coordinación entre diferentes niveles de gobierno es esencial para la efectividad de la gestión de residuos. Los profesionales deben estar atentos a cómo se implementan estos acuerdos.

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