LGPGIR

Artículo 119. Inadmisión del recurso

El recurso se considerará no interpuesto si no se cumplen ciertos requisitos, como la presentación fuera de plazo. Esto subraya la importancia de seguir el procedimiento correcto.

inadmisiónrecurso de revisiónrequisitos

Texto Legal

El recurso se tendrá por no interpuesto y se desechará cuando:

I. Se presente fuera de plazo;

II. No se haya acompañado la documentación que acredite la personalidad del recurrente, y

III. No aparezca suscrito por quien deba hacerlo, a menos de que se firme antes del vencimiento del plazo para interponerlo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial cumplir con todos los requisitos formales al presentar un recurso para evitar su inadmisión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 119 del LGPGIR?

El recurso se considerará no interpuesto si no se cumplen ciertos requisitos, como la presentación fuera de plazo. Esto subraya la importancia de seguir el procedimiento correcto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 119 de la LEY para la Prevención y Gestión Integral de lo...?

[IA] Es crucial cumplir con todos los requisitos formales al presentar un recurso para evitar su inadmisión.

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