Los programas de prevención deben financiarse con los presupuestos de las entidades correspondientes. Esto asegura que haya recursos disponibles para su implementación.
Los programas federales, de los estados, el Distrito Federal o municipales, en materia de prevención social de la violencia y de la delincuencia, deberán cubrirse con cargo a sus respectivos presupuestos y sujetarse a las bases que establecen la presente Ley, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y demás disposiciones legales aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La gestión adecuada del financiamiento es crucial. Los contadores deben asegurarse de que los recursos se utilicen de manera eficiente y conforme a la ley.
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