El Sistema Nacional promoverá la difusión de derechos y la colaboración entre instancias públicas y privadas. También se enfocará en mejorar la condición social de las personas con discapacidad.
El Sistema tendrá los siguientes objetivos:
I. Difundir los derechos de las personas con discapacidad;
LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-06-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
II. Promover convenios de colaboración y coordinación entre las instancias públicas y privadas nacionales e internacionales para el cumplimiento de la presente Ley;
III. Fortalecer los mecanismos de corresponsabilidad, solidaridad y subsidiariedad a favor de las personas con discapacidad;
IV. Impulsar programas y acciones para generar condiciones de igualdad y de equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad;
V. Promover entre los Poderes de la Unión y la sociedad civil acciones dirigidas a mejorar la condición social de la población con discapacidad;
VI. Promover que en las políticas, programas o acciones, se impulse la toma de conciencia respecto de las capacidades, habilidades, aptitudes, méritos y aportaciones de las personas con discapacidad en todos los ámbitos, y
VII. Prestar servicios de atención a las personas con discapacidad con fundamento en los principios establecidos en la presente Ley.
Título Tercero Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad
Capítulo I Denominación, objeto, domicilio y patrimonio
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las funciones del Sistema Nacional son amplias y abarcan diferentes áreas. Los contadores deben estar atentos a las oportunidades de colaboración que surjan de estas funciones para apoyar a sus clientes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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