LGCT

Artículo 34. Prevencion del comercio ilicito

La Secretaría participará en acciones para prevenir el comercio y distribución ilícita de productos del tabaco. Esto incluye la colaboración con diversas autoridades para asegurar el cumplimiento de la ley.

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Texto Legal

La Secretaría participará en las acciones que se realicen a fin de prevenir el comercio, distribución, venta y fabricación ilícita de productos del tabaco y de productos accesorios al tabaco.

Título Quinto De la Participación Ciudadana

Capítulo Único

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los distribuidores se mantengan informados sobre las acciones de la Secretaría para evitar involucrarse en actividades ilícitas que puedan perjudicar su negocio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 34 del LGCT?

La Secretaría participará en acciones para prevenir el comercio y distribución ilícita de productos del tabaco. Esto incluye la colaboración con diversas autoridades para asegurar el cumplimiento de la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 34 de la LEY para el Control del Tabaco?

[IA] Es importante que los distribuidores se mantengan informados sobre las acciones de la Secretaría para evitar involucrarse en actividades ilícitas que puedan perjudicar su negocio.

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