LGCT

Artículo 30. Vigilancia de productos de tabaco

La Secretaría es responsable de vigilar que los productos de tabaco importados cumplan con la legislación vigente. Se aplicarán medidas de seguridad si no se cumplen los requisitos.

vigilanciaproductos del tabacoimportacion

Texto Legal

La Secretaría vigilará que los productos del tabaco y productos accesorios al tabaco materia de importación cumplan con esta Ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.

LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 17-02-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

En los casos en que los productos de importación no reúnan los requisitos o características que establezca la legislación correspondiente, la Secretaría aplicará las medidas de seguridad que correspondan de acuerdo con la Ley General de Salud.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los importadores deben estar al tanto de las regulaciones para evitar problemas con la Secretaría. Cumplir con los requisitos es esencial para la legalidad de la importación de productos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del LGCT?

La Secretaría es responsable de vigilar que los productos de tabaco importados cumplan con la legislación vigente. Se aplicarán medidas de seguridad si no se cumplen los requisitos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la LEY para el Control del Tabaco?

[IA] Los importadores deben estar al tanto de las regulaciones para evitar problemas con la Secretaría. Cumplir con los requisitos es esencial para la legalidad de la importación de productos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 30 del LGCT?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 30 LGCT desde tu celular