En los espacios libres de humo y en zonas para fumar, se deben colocar letreros visibles que indiquen su naturaleza. Esto incluye información para denuncias por incumplimiento.
En todos los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, y en las zonas exclusivamente para fumar, se colocarán en un lugar visible letreros que indiquen claramente su naturaleza, debiéndose incluir un número telefónico para la denuncia por incumplimiento a esta Ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables. Artículo reformado DOF 17-02-2022
Título Cuarto Medidas para Combatir la Producción Ilegal y el Comercio Ilícito de Productos del Tabaco
Capítulo Único
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La correcta señalización es clave para informar a los usuarios sobre las regulaciones. Los propietarios deben asegurarse de que la información sea clara y accesible.
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Art. 28. Responsabilidad de propietarios de espacios libres de humo
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Art. 30. Vigilancia de productos de tabaco
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