Se prohíbe el consumo de productos del tabaco en espacios 100% libres de humo y en lugares públicos establecidos. Esta medida busca proteger la salud de la población.
Queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco y nicotina en los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, en los espacios cerrados, los lugares de trabajo, el transporte público, espacios de concurrencia colectiva, las escuelas públicas y privadas en todos los niveles educativos y en cualquier otro lugar con acceso al público que en forma expresa lo establezca la Secretaría. Párrafo reformado DOF 17-02-2022
En dichos lugares se fijará en el interior y en el exterior los letreros, logotipos y emblemas que establezca la Secretaría.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental que los responsables de los espacios públicos cumplan con esta regulación para evitar sanciones. La protección de la salud pública es una prioridad en la legislación.
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