LGCT

Artículo 21. Declaración de venta exclusiva en México

Todos los empaques de productos del tabaco deben incluir la declaración de 'Para venta exclusiva en México'. Esta medida busca regular la comercialización de estos productos dentro del país.

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Texto Legal

En todos los paquetes de productos del tabaco y en todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos, para su comercialización dentro del territorio nacional, deberá figurar la declaración: "Para venta exclusiva en México".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los distribuidores deben asegurarse de que esta declaración esté presente en todos los productos para evitar problemas legales. Es un requisito fundamental para la venta en el país.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del LGCT?

Todos los empaques de productos del tabaco deben incluir la declaración de 'Para venta exclusiva en México'. Esta medida busca regular la comercialización de estos productos dentro del país.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la LEY para el Control del Tabaco?

[IA] Los distribuidores deben asegurarse de que esta declaración esté presente en todos los productos para evitar problemas legales. Es un requisito fundamental para la venta en el país.

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