LGMHCTI

Artículo 80. Reglamento del Sistema Nacional

La Junta de Gobierno del Consejo Nacional emitirá el Reglamento General del Sistema Nacional de Centros Públicos. Este reglamento regulará la profesionalización del personal y garantizará su estabilidad laboral.

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Texto Legal

La Junta de Gobierno del Consejo Nacional, a propuesta de la persona titular de la Dirección General, emitirá el Reglamento General del Sistema Nacional de Centros Públicos, así como la demás normativa necesaria para regular lo dispuesto en el presente Capítulo. De igual manera, expedirá las Bases Generales para la Profesionalización del Personal de los Centros Públicos, que incluirán mecanismos de acceso y promoción, programas de desarrollo profesional y actualización permanente de las personas humanistas, científicas, tecnólogas e innovadoras, así como del personal técnico y administrativo, con el propósito de garantizar su estabilidad laboral, permitir su adecuado desenvolvimiento profesional, renovación y movilidad, así como reconocer su antigüedad en caso de cambiar de adscripción dentro del Sistema Nacional de Centros Públicos.

Capítulo II De los Centros Públicos

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La emisión de un reglamento es vital para la organización de los Centros Públicos. Los profesionales deben estar atentos a los cambios normativos que afecten la gestión del personal y la calidad de los servicios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 80 del LGMHCTI?

La Junta de Gobierno del Consejo Nacional emitirá el Reglamento General del Sistema Nacional de Centros Públicos. Este reglamento regulará la profesionalización del personal y garantizará su estabilidad laboral.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 80 de la LEY en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnol...?

[IA] La emisión de un reglamento es vital para la organización de los Centros Públicos. Los profesionales deben estar atentos a los cambios normativos que afecten la gestión del personal y la calidad de los servicios.

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