LGMHCTI

Artículo 24. Facultades de Municipios

Los municipios tienen la facultad de participar en la formulación y evaluación de políticas locales en materia de humanidades y ciencias, promoviendo la colaboración regional. Esto fortalece la implementación de políticas públicas a nivel local.

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Texto Legal

En términos de las disposiciones jurídicas aplicables, a los municipios y demarcaciones les corresponde, según sus condiciones y posibilidades, las siguientes facultades en materia de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación:

I. Participar en la integración, formulación, ejecución y evaluación de la política local en la materia, de conformidad con esta Ley y con la legislación local correspondiente;

II. Integrar, formular, conducir, ejecutar y evaluar sus políticas, estrategias, acciones y proyectos, conforme a los fines, principios y bases de las políticas públicas previstos en esta Ley;

III. Participar en la formulación, aprobación, actualización, ejecución y evaluación de los programas locales y demás instrumentos de planeación estratégica y participativa que correspondan;

IV. Participar en la elaboración de los proyectos de presupuesto local en la materia, así como en las evaluaciones de la eficacia y eficiencia del gasto local correspondiente, sin perjuicio de lo establecido en la legislación local;

V. Evaluar los resultados de la política municipal o de la demarcación en la materia, conforme a los fines, principios y bases establecidos en la presente Ley;

LEY GENERAL EN MATERIA DE HUMANIDADES, CIENCIAS, TECNOLOGÍAS E INNOVACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 08-05-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

VI. Promover instancias de colaboración, cooperación y articulación metropolitana y regional para el mejor diseño e instrumentación de sus políticas, estrategias, acciones y proyectos en la materia;

VII. Colaborar en la integración del Sistema Nacional de Información, a través de su participación en los sistemas locales;

VIII. Celebrar los convenios necesarios para el ejercicio óptimo de sus facultades, y

IX. Las demás que les confiera esta Ley o se encuentren previstas en las leyes locales correspondientes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La participación activa de los municipios en la formulación de políticas es esencial para asegurar que las iniciativas respondan a las realidades locales y cuenten con el apoyo de la comunidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del LGMHCTI?

Los municipios tienen la facultad de participar en la formulación y evaluación de políticas locales en materia de humanidades y ciencias, promoviendo la colaboración regional. Esto fortalece la implementación de políticas públicas a nivel local.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la LEY en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnol...?

[IA] La participación activa de los municipios en la formulación de políticas es esencial para asegurar que las iniciativas respondan a las realidades locales y cuenten con el apoyo de la comunidad.

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