Las Fiscalías Especializadas deben establecer programas para proteger a las víctimas y familiares involucrados en la búsqueda de personas desaparecidas. Esto incluye medidas de apoyo ministerial y protección a su integridad física durante el proceso.
Las Fiscalías Especializadas, en el ámbito de sus respectivas competencias, deben establecer programas para la protección de las Víctimas, los Familiares y toda persona involucrada en el proceso de búsqueda de Personas Desaparecidas o No Localizadas, investigación o proceso penal de los delitos previstos en esta Ley, cuando su vida o integridad corporal pueda estar en peligro, o puedan ser sometidas a actos de maltrato o intimidación por su intervención en dichos procesos, en términos de lo dispuesto en la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal o las leyes análogas de las Entidades Federativas.
También deberán otorgar el apoyo ministerial, pericial, policial y de otras fuerzas de seguridad a las organizaciones de Familiares y a Familiares en las tareas de búsqueda de personas desaparecidas en campo, garantizando todas las medidas de protección a su integridad física.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial que las fiscalías implementen estos programas para garantizar la seguridad de las víctimas y sus familias. Los contadores y abogados deben estar al tanto de estas medidas para asesorar adecuadamente a sus clientes.
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