LGMDFP

Artículo 111. Registro de Personas Fallecidas No Identificadas

Este registro, a cargo de la Fiscalía, concentra información forense sobre cadáveres no identificados. Su objetivo es facilitar la identificación y localización de familiares de personas fallecidas no reclamadas.

registro forensefallecidosidentificación

Texto Legal

El Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas se encuentra a cargo de la Fiscalía, formará parte del Banco Nacional de Datos Forenses y contiene información sobre los datos forenses de los cadáveres o restos de personas no identificadas y no reclamadas, del lugar del hallazgo, el lugar de inhumación o destino final y demás información relevante para su posterior identificación. Párrafo reformado DOF 20-05-2021

El Registro Nacional de Personas Fallecidas y No Identificadas se integra con la información proporcionada por las autoridades competentes, la Federación y las Entidades Federativas.

El objetivo de este Registro Nacional es el de concentrar la información que permita la identificación de las personas fallecidas no identificadas y apoyar en la localización de los Familiares de personas fallecidas no reclamadas.

La Fiscalía emitirá los lineamientos para que las autoridades de los distintos órdenes de gobierno remitan dicha información de forma homologada. Párrafo reformado DOF 20-05-2021

LEY GENERAL EN MATERIA DE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS, DESAPARICIÓN COMETIDA POR PARTICULARES Y DEL SISTEMA NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La correcta gestión de este registro es crucial para los abogados que representan a familias de desaparecidos, ya que puede ser un recurso clave en la búsqueda de justicia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 111 del LGMDFP?

Este registro, a cargo de la Fiscalía, concentra información forense sobre cadáveres no identificados. Su objetivo es facilitar la identificación y localización de familiares de personas fallecidas no reclamadas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 111 de la LEY en Materia de Desaparición Forzada de Perso...?

[IA] La correcta gestión de este registro es crucial para los abogados que representan a familias de desaparecidos, ya que puede ser un recurso clave en la búsqueda de justicia.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 111 del LGMDFP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 111 LGMDFP desde tu celular