Se establece que las funciones docentes deben orientarse al máximo aprendizaje y desarrollo integral del educando, cumpliendo con los objetivos del Sistema Educativo Nacional.
Las funciones docentes, de técnico docente, de asesoría técnica pedagógica, de dirección o de supervisión de la educación básica y media superior impartida por el Estado y sus organismos descentralizados, deberán orientarse a lograr el máximo aprendizaje y desarrollo integral del educando, conforme a los objetivos que determine el Sistema Educativo Nacional.
Quienes desempeñen dichas tareas deberán reunir las cualidades personales y competencias profesionales conforme a los criterios e indicadores que determine la Secretaría, para asegurar que cuenten con los conocimientos, aptitudes, actitudes y capacidades que correspondan a los distintos contextos sociales y culturales.
Capítulo III De los ámbitos de competencia
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las funciones docentes son clave para el éxito educativo. Las instituciones deben asegurar que sus docentes estén capacitados para cumplir con estos objetivos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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