LGSNA_200521

Artículo 52. Registro de Sanciones a Servidores Públicos

El sistema nacional de Servidores públicos y particulares sancionados registrará las sanciones por faltas administrativas y hechos de corrupción, permitiendo su consulta por autoridades competentes.

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Texto Legal

El sistema nacional de Servidores públicos y particulares sancionados tiene como finalidad que las sanciones impuestas a Servidores públicos y particulares por la comisión de faltas administrativas en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y hechos de corrupción en términos de la legislación penal, queden inscritas dentro del mismo y su consulta deberá estar al alcance de las autoridades cuya competencia lo requiera.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La existencia de un registro de sanciones es vital para la transparencia y el control de los servidores públicos. Los abogados deben estar al tanto de estas sanciones para asesorar adecuadamente a sus clientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 52 del LGSNA_200521?

El sistema nacional de Servidores públicos y particulares sancionados registrará las sanciones por faltas administrativas y hechos de corrupción, permitiendo su consulta por autoridades competentes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 52 de la LEY del Sistema Nacional Anticorrupción?

[IA] La existencia de un registro de sanciones es vital para la transparencia y el control de los servidores públicos. Los abogados deben estar al tanto de estas sanciones para asesorar adecuadamente a sus clientes.

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