Toda persona que contamine el ambiente será responsable de reparar los daños, con un plazo de cinco años para demandar. Esto establece un marco claro de responsabilidad ambiental.
Sin perjuicio de las sanciones penales o administrativas que procedan, toda persona que contamine o deteriore el ambiente o afecte los recursos naturales o la biodiversidad, será responsable y estará obligada a reparar los daños causados, de conformidad con la legislación civil aplicable.
El término para demandar la responsabilidad ambiental, será de cinco años contados a partir del momento en que se produzca el acto, hecho u omisión correspondiente. Artículo adicionado DOF 13-12-1996
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es esencial que los abogados informen a sus clientes sobre los plazos de prescripción para demandas por daños ambientales, asegurando que no se pierdan derechos.
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