Los responsables de la contaminación del suelo deben tomar acciones para restaurar su estado, asegurando su uso futuro. Esto es esencial para la protección del ambiente.
Cuando la generación, manejo o disposición final de materiales o residuos peligrosos, produzca contaminación del suelo, los responsables de dichas operaciones deberán llevar a cabo las acciones necesarias para recuperar y restablecer las condiciones del mismo, con el propósito de que éste pueda ser destinado a alguna de las actividades previstas en el programa de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que resulte aplicable, para el predio o zona respectiva. Artículo adicionado DOF 13-12-1996
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las empresas deben estar preparadas para actuar rápidamente en caso de contaminación y cumplir con las normativas de recuperación del suelo.
Anterior
Art. 152. Prevención de residuos peligrosos
Siguiente
Art. 153. Importacion y exportacion de residuos peligrosos
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo