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Artículo 93. Comité Evaluador

La Comisión Ejecutiva cuenta con un comité evaluador que elabora dictámenes para el acceso a recursos de ayuda. Este artículo define las facultades del comité en el proceso de evaluación.

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Texto Legal

La Comisión Ejecutiva cuenta con un comité interdisciplinario evaluador con las siguientes facultades:

I. Elaborar los proyectos de dictamen de acceso a los recursos para el otorgamiento de los Recursos de Ayuda; Fracción reformada DOF 06-11-2020

II. Elaborar los proyectos de dictamen de reparación integral y, en su caso, la compensación, previstas en la Ley y el Reglamento;

III. Elaborar los proyectos de dictamen para la creación de fondos de emergencia, y

Nota: El Decreto de reforma DOF 06-11-2020, en su Artículo Décimo Octavo estableció que se deroga el artículo “93, fracción III” de esta Ley. Sin embargo, en el articulado del mismo decreto no se incluyó de forma expresa la derogación de la fracción III del artículo 93.

IV. Las demás establecidas en la Ley y el Reglamento. Artículo reformado DOF 03-05-2013, 03-01-2017

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] El comité evaluador juega un papel crucial en la asignación de recursos. Los abogados deben entender su funcionamiento para ayudar a las víctimas a acceder a los recursos disponibles.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 93 del LGV?

La Comisión Ejecutiva cuenta con un comité evaluador que elabora dictámenes para el acceso a recursos de ayuda. Este artículo define las facultades del comité en el proceso de evaluación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 93 de la LEY de Víctimas?

[IA] El comité evaluador juega un papel crucial en la asignación de recursos. Los abogados deben entender su funcionamiento para ayudar a las víctimas a acceder a los recursos disponibles.

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