Se establece un trato especial para niños y adultos mayores victimas de delitos. Este articulo subraya la importancia de considerar las necesidades particulares de estos grupos vulnerables.
Cuando se otorguen medidas de rehabilitación se dará un trato especial a los niños y niñas víctimas y a los hijos de las víctimas y a adultos mayores dependientes de éstas. Artículo reformado DOF 03-05-2013
CAPÍTULO III MEDIDAS DE COMPENSACIÓN Capítulo reubicado DOF 03-05-2013
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental que los abogados y profesionales del derecho reconozcan las particularidades de los casos que involucran a estos grupos para garantizar una atencion adecuada.
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