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Artículo 154. Responsabilidad subsidiaria

Cuando el daño es causado por varios agentes y no se puede identificar la participación exacta, se establecerá una responsabilidad subsidiaria. Esto permite una distribución equitativa de la indemnización entre los cocausantes.

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Texto Legal

Cuando el daño haya sido causado por más de un agente y no sea posible identificar la exacta participación de cada uno de ellos, se establecerá una responsabilidad subsidiaria frente a la víctima, y se distribuirá el monto del pago de la indemnización en partes iguales entre todos los cocausantes previo acuerdo de la Comisión Ejecutiva. Artículo reformado DOF 03-05-2013

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las víctimas deben ser informadas sobre cómo se manejará la responsabilidad en casos con múltiples agentes. Esto es crucial para entender el proceso de indemnización.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 154 del LGV?

Cuando el daño es causado por varios agentes y no se puede identificar la participación exacta, se establecerá una responsabilidad subsidiaria. Esto permite una distribución equitativa de la indemnización entre los cocausantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 154 de la LEY de Víctimas?

[IA] Las víctimas deben ser informadas sobre cómo se manejará la responsabilidad en casos con múltiples agentes. Esto es crucial para entender el proceso de indemnización.

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