LGTAIP

Artículo 60. Acceso a Información Pública

Los portales de Internet de los sujetos obligados deberán tener un vínculo directo al sitio de información pública, incluyendo un buscador. La información debe publicarse con perspectiva de género y discapacidad.

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Texto Legal

La página de inicio de los portales de Internet de los sujetos obligados tendrá un vínculo de acceso directo al sitio donde se encuentra la información pública a la que se refiere este Título, el cual deberá contar con un buscador. La información de obligaciones de transparencia deberá publicarse con perspectiva de género y discapacidad, cuando así corresponda a su naturaleza.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Asegurar que la información sea accesible para todos es fundamental. Se sugiere realizar pruebas de usabilidad en los portales para garantizar que cumplan con estos criterios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 60 del LGTAIP?

Los portales de Internet de los sujetos obligados deberán tener un vínculo directo al sitio de información pública, incluyendo un buscador. La información debe publicarse con perspectiva de género y discapacidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 60 de la LEY de Transparencia y Acceso a la Información ...?

[IA] Asegurar que la información sea accesible para todos es fundamental. Se sugiere realizar pruebas de usabilidad en los portales para garantizar que cumplan con estos criterios.

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