LGTAIP

Artículo 36. Naturaleza Jurídica de Autoridades Garantes

Las Autoridades garantes tendrán una estructura administrativa definida en sus reglamentos internos, lo que les permitirá operar de acuerdo a sus competencias. Esto incluye la posibilidad de replicar la estructura de la Autoridad garante federal.

estructura administrativaautoridades garantesreglamentos internos

Texto Legal

Las Autoridades garantes para el ejercicio y desempeño de las atribuciones que les otorga la presente Ley, tendrán la naturaleza jurídica, adscripción y estructura administrativa que se establezca en sus respectivos reglamentos interiores o análogos o acuerdos de carácter general, en el ámbito de sus respectivas competencias. Las Autoridades garantes locales podrán prever que su estructura será similar a la de la Autoridad garante federal en sus respectivas leyes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La claridad en la estructura administrativa de las Autoridades garantes es fundamental para asegurar su funcionamiento eficiente y su capacidad de respuesta.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del LGTAIP?

Las Autoridades garantes tendrán una estructura administrativa definida en sus reglamentos internos, lo que les permitirá operar de acuerdo a sus competencias. Esto incluye la posibilidad de replicar la estructura de la Autoridad garante federal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 36 de la LEY de Transparencia y Acceso a la Información ...?

[IA] La claridad en la estructura administrativa de las Autoridades garantes es fundamental para asegurar su funcionamiento eficiente y su capacidad de respuesta.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 36 del LGTAIP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 36 LGTAIP desde tu celular