Los actos relacionados con la constitución y registro de sociedades cooperativas están exentos de impuestos y derechos fiscales federales. Esto facilita la creación de nuevas cooperativas.
Todos los actos relativos a la constitución y registro de las sociedades cooperativas citados en esta Ley, estarán exentos de impuestos y derechos fiscales de carácter federal. Para este efecto, la autoridad competente expedirá las resoluciones fiscales que al efecto procedan.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Esta exención es una gran oportunidad para fomentar la creación de cooperativas. Los contadores deben asesorar a sus clientes sobre los beneficios fiscales disponibles.
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