Las sociedades cooperativas deben observar principios como la libertad de asociación y la administración democrática. Estos principios son esenciales para su funcionamiento adecuado.
Las sociedades cooperativas deberán observar en su funcionamiento los siguientes principios:
I.- Libertad de asociación y retiro voluntario de los socios;
II.- Administración democrática;
III.- Limitación de intereses a algunas aportaciones de los socios si así se pactara;
IV.- Distribución de los rendimientos en proporción a la participación de los socios;
V.- Fomento de la educación cooperativa y de la educación en la economía solidaria;
VI.- Participación en la integración cooperativa;
VII.- Respeto al derecho individual de los socios de pertenecer a cualquier partido político o asociación religiosa, y
VIII.- Promoción de la cultura ecológica.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La implementación de estos principios es vital para el éxito de una cooperativa. Los contadores deben asesorar a sus clientes sobre cómo aplicarlos en la práctica.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo