LGSC

Artículo 30. Categorias de sociedades cooperativas

Este articulo establece las categorias de sociedades cooperativas, que incluyen las ordinarias y las de participacion estatal. El Estado puede otorgar concesiones a estas sociedades para administrar bienes o servicios.

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Texto Legal

Se establecen las siguientes categorías de sociedades cooperativas:

I.- Ordinarias, y

II.- De participación estatal. Para tal efecto, el Estado podrá dar en concesión o administración bienes o servicios a las sociedades cooperativas, en los términos que señalen las leyes respectivas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental entender las categorias de sociedades cooperativas para determinar las obligaciones y derechos de cada tipo. Las cooperativas ordinarias tienen un marco regulatorio diferente al de las de participacion estatal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del LGSC?

Este articulo establece las categorias de sociedades cooperativas, que incluyen las ordinarias y las de participacion estatal. El Estado puede otorgar concesiones a estas sociedades para administrar bienes o servicios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la LEY de Sociedades Cooperativas?

[IA] Es fundamental entender las categorias de sociedades cooperativas para determinar las obligaciones y derechos de cada tipo. Las cooperativas ordinarias tienen un marco regulatorio diferente al de las de participacion estatal.

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