Cualquier modificación a las bases constitutivas de una cooperativa debe seguir el mismo procedimiento que el otorgamiento del acta constitutiva y ser inscrita en el Registro Público de Comercio. Esto garantiza la legalidad de los cambios.
Para la modificación de las bases constitutivas, se deberá seguir el mismo procedimiento que señala esta Ley para el otorgamiento del acta constitutiva y deberá inscribirse en el Registro Público de Comercio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las cooperativas deben ser cuidadosas al modificar sus bases constitutivas, asegurándose de seguir todos los procedimientos legales para evitar problemas futuros. La inscripción en el Registro es un paso esencial.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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